jueves, 24 de septiembre de 2015

Autos generales y particulares de Fe celebrados por el Santo Oficio

Auto de fe de la Inquisición, óleo de Francisco de Goya de la Real Academia de Bellas Artes


A continuación se transcribe unos autos de Fe celebrados por el tribunal de la Santa Inquisición de Córdoba contra Diego Rodríguez de Várela de Miranda, administrador de la renta del tabaco de la villa de La Rambla; y por otro lado contra Juana Tercero y Catalina Teresa Pérez natural de la villa de La Rambla. 

Caso 1


Diego Rodríguez de Várela de Miranda, natural de Bujalance, administrador de la Renta del tabaco de la villa de la Rambla, de edad de sesenta i seis años, fue reconciliado por judaizante, con confiscación de bienes, hábito i cárcel perpetua irremisible. 

Colección de autos de los autos generales y particulares de Fe, celebrados por el tribunal de la Inquisición. 1839


Caso 2


Juana Tercero, natural de la villa de la Rambla i vecina de esta Ciudad, muger de Manuel de Luque, de edad de veinte i cinco años, por hechicera, supersticiosa, desterrada ocho leguas en contorno de Córdoba, la Rambla, i Madrid i doscientos azotes. Esta i la anterior, Catalina Teresa Pérez, su madre, salieron al auto por usar de los hechizos que la vieja su maestra les hacía para que los que entraran en su casa no se viesen unos a otros; por traer helecho en las enaguas, estomago i pecho para atraer al amor carnal.
Estando el marido de esta Juana zeloso por que estaba divertida con un su compadre, le pidió a la vieja su maestra hiciese de modo que su marido no le impidiese la entrada a su compadre. Pidióle la vieja diversas cosas i regando con ellas la casa no veia el marido al compadre.
A otra muger vecina de la dicha, Juana, teniendo la misma vida que esta, i hallándose maltratada de su marido, i de su compadre le dijo esta Juana:, válele de la tia Isabel mi maestra, i ella le dará un remedio para que cese la inquietud i disgusto de ambos , Hizólo asi la vecina L habiéndole hablado a la vieja, esta le mandó traer dos cuarterones de tocino, i media libra de queso añejo i cuatro realillos de a ocho cuartos i echarlo lodo en un lebrillo prieto con agua fría, i crines, i echadle allí un huevo fresco hasta que se cuajara, a lo que dijo la que. habia pedido el hechizo, por que no tenia para comprar el tocino, ni los cuatro realillos: Tía Isabel, ¡que sea V. tan interesada que en faltando algo de lo que pide no quiere hacer el remedio. A que respondió la vieja: hija, yo no quiero nada para mí; i para que veas lo que puede mi Virtud, lo haré sin lo que te he pedido: I dijo unas palabras con que hizo el remedio sin los requisitos que faltaban. Pusólo en ejecución i surtió el efecto de tal forma que nunca volvió el marido mas a zelarla: por lo cual fueron sentenciadas asi la madre, como la hija a salir al auto i condenadas a las penas referidas


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