domingo, 10 de mayo de 2015

Hemeroteca (I) - La emancipación territorial de La Victoria de la Rambla - 1835-1837

Fig. 1. Detalle del periódico "Revista Española" donde se menciona la noticia de emancipación


Una de las aportaciones de la primera Constitución liberal española promulgada en Cádiz el 19 de Marzo de 1812, más conocida como "la Pepa", fue el artículo 310 del Título VI, Capítulo I "De los Ayuntamientos", que mencionaba lo siguiente;
"Se pondrá Ayuntamiento en los pueblos que no le tengan y en que convenga le haya, no pudiendo dejar de haberle en los que por sí o con su comarca lleguen a mil almas, y también se les señalara término correspondiente." [1]
Como bien queda reflejado en el artículo, se podría disponer de casa consistorial en pueblos que convinieran, con la condición expresa de tener una población superior a 1000 habitantes y señalar debidamente una división del término municipal. 

¿Cuándo se comenzó a emancipar La Victoria de La Rambla? 


Se tiene constancia que el 15 de Septiembre de 1835, se publicó en el periódico madrileño "Revista Española" una noticia referida al expediente sobre la división territorial de la provincia, y más concretamente de la emancipación de la aldea de La Victoria de la jurisdicción rambleña. 

CÓRDOBA 10 de Septiembre.= EXPEDIENTE SOBRE LA DIVISIÓN TERRITORIAL DE LA PROVINCIA.= RELIQUIAS DE LAS FACCIONES
"La interesante aldea de la Victoria de la Guijarrosa ha obtenido ya el que el expediente para su emancipación de la Rambla sea elevado al gobierno. Son unos 1000 habitantes los que reúnen aquella población. Entre el pago de los Tejares (anejo a la Victoria) y la cañada de Gregorio que es de San Sebastian de los Ballesteros, pudiera tener lugar una permuta de término en ventajas de ambas partes. El ayuntamiento de La Rambla ha demostrado en este asunto un liberalismo digno de ser imitado." [2]
Posteriormente, el 16 de Febrero de 1836, se publicó en la edición madrileña del diario "Eco de Comercio" Num. 657, una noticia relacionada con la aprobación de la emancipación de La Victoria como pueblo independiente.

"CÓRDOBA 10 De Febrero.= Nuestra provincia cuenta ya con un nuevo pueblo más. La aldea de La Victoria de la Guijarrosa va a obtener su emancipación, y es digno del mayor elogio el comportamiento de su matriz (La Rambla) en este asunto. ¡Ojalá hubiera obrado así la España con sus colonias! Los Victorinos conservarán un agradecimiento y fraternidad eternos hacia los rambleños. Resta ahora el que respecto a la irregularidad con que se cruza el nuevo término de La Victoria y el de la nueva villa de San Sebastián de los Ballesteros estos dos pueblos, acudiendo por la sanción de ello a la diputación provincial, redondeen sus términos en ventaja mutua." [3]
En otro periódico madrileño, "El Español, diario de las doctrinas y los intereses sociales", se mencionaba en su edición del día 8 de Mayo de 1836, una breve noticia elogiando el proceso liberal e ilustrado llevado a cabo por las autoridades rambleñas para la emancipación de la aldea de La Victoria;
"Mientras que en la sierra renacen las antiguas poblaciones que habían casi desaparecido, en la campiña se forman también nuevos focos de progreso material, aspirando á constituirse otros ayuntamientos. La aldea de la Vitoria de la Guijarrosa ya se puede dar por emancipada, y nunca nos cansaremos de elogiar el verdadero liberalismo ilustrado y generoso; no hay otro liberalismo verdadero, que en esta ocasión ha demostrado su matriz La Rambla, porque estos ejemplares no son muy comunes." [4]
El mismo diario resaltaba en su edición del Vienes, 3 de Febrero de 1837, la siguiente noticia;

CÓRDOBA A 26 de enero.—La Aldea de la Victoria de la Guijarrosa, sobre cuya emancipación hemos ya hablado otras veces, está a punto de obtenerla. Todos los pueblos colindantes (inclusa su matriz la Rambla) han apoyado tan justa petición. Y como ademas es población que escede de los 200 vecinos ó 1000 almas que previene el artículo 310 de la Constitución, no cabe retardo en constituírsele su ayuntamiento propio según acaba de reclamarlo. La formación de este nuevo pueblo es muy oportuna para aquella comarca. (B. O.) [5]
 © Rafael Casas Ferreras
La Rambla, Mayo de 2015


BIBLIOGRAFÍA 

[1] Constitución Española de 1812. http://www.congreso.es/docu/constituciones/1812/P-0004-00002.pdf

[2] Biblioteca Nacional de España (BNE). LA REVISTA ESPAÑOLA 15 Septiembre 1835. Núm 99. pág. 3.  

[3] Ibidem. ECO DE COMERCIO 16 Febrero 1836. Núm 657. pág. 2. 

[4] Ibidem. EL ESPAÑOL. Madrid 8 de Mayo de 1836. Nº 190. pág 1.

[5] Ibidem. EL ESPAÑOL. Madrid 3 de Febrero de 1837. Nº 460. pág 1.



lunes, 4 de mayo de 2015

La renovación rambleña de la década 1920-1930 (I) - Jardín paseo de la Constitución


Inauguración del jardin de la Plaza de la Constitución

Plaza de la Constitución antes de la construcción del Jardin-Paseo. Principios del s. XX


Durante la década de los años veinte del siglo XX, y más concretamente durante la etapa (1924-1929), nuestra ciudad decidió despertar de su largo letargo, donde permanecía aislada de los avances de la sociedad, para así modernizarse y convertirse en uno de los pueblos más importantes de la provincia cordobesa. Cabe destacar que La Rambla era sede de Partido Judicial, que englobaba los ayuntamientos de Fernan-Nuñez; Montalbán; Montemayor; San Sebastián; Santaella y La Victoria con todas sus aldeas; con una población en torno a 40.000 personas y extensión aproximada de 70.000 hectáreas. 

Uno de los responsables de esta corriente de renovación fue el por entonces alcalde de La Rambla, don José Moreno Castro, quien promovió la modernización de los servicios básicos e higiene pública para los ciudadanos. Durante su mandato se pavimentaron muchas de las calles de nuestro pueblo que anteriormente estaban desempedradas y llenas de charcas pútridas, se construyó la red de agua potable y de alcantarillados, se construyeron jardines públicos (jardin de la constitución y el del calvario), se construyó el antiguo mercado de abastos, se modernizó con las normas de higiene y seguridad el matadero público, se inauguró el servicio telefónico e incluso estuvo a punto de conseguir, con la colaboración de los alcaldes de las localidades vecinas, la construcción de una línea de Ferrocarril que unían las ciudades de Fernán-Nuñez con Écija, previo paso por Montemayor, La Rambla, Montalbán, Santaella, San Sebastián, La Carlota y La Victoria. 

Como se ha indicado anteriormente una de las tareas realizadas por el gobierno del alcalde Moreno Castro fue la construcción del jardin-paseo de la constitución. El diario de Córdoba, en su edición del 16 de Mayo de 1926, dedicó una columna a tal inauguración, la cual se transcribe a continuación para mayor facilidad de lectura.

Jardín paseo de la Constitución


Recorte del Diario de Córdoba - 16 de Mayo de 1926


El espíritu de renovación y el deseo de embellecimiento que hoy se advierte en casi todas las poblaciones de España, han cristalizado en nuestra ciudad y han hecho que ésta salga del estado estacionario en que se encontraba desde largos años y se lance decidida a mejorar el pavimento de sus calles, a embellecer sus plazas, a urbanizar e higienizar sus alrededores y a proyectar muchas y muy importantes mejoras que, de llevarse a la práctica, convertirán a La Rambla en una ciudad a la moderna, de simpático aspecto y dotada de todos aquellos servicios indispensables a toda culta población.

Entre las obras realizadas con tal fin citaremos el amplio y sólido acerado que se está haciendo en la mayoría de las calles y que no dudamos se continuará hasta hacerlo extensivo a todas, y la transformación de la plaza de la Constitución en paseo jardin. 

Dicha plaza, destinada hasta hace poco a Plaza de Abastos, ha sido convertida en un precioso jardin, en el que abundan las palmeras y las acacias, y en el que se plantará los arbustos y flores propios de nuestra región.

El jardín está cruzado por dos anchos paseos en los que se han colocado dieciséis bancos muy cómodos y de bastante solidez. 

La inauguración oficial del paseo-jardin se verificó el día de la Ascención del Señor, con asistencia de las autoridades, de la banda municipal de música y un inmenso gentío que llenaba por completo el paseo, lugar amenísimo que no dudamos será el predilecto de nuestro vecindario durante la temporada veraniega. 

No terminamos estas notas sin dedicar un aplauso a nuestra Corporación municipal y principalmente a su digno presidente, don José Moreno Castro, a quién alentamos a continuar la obra de transformación que tanto necesita y que sabrá agradecer en su día la ciudad de mis amores.

El corresponsal.
15 de Mayo de 1926. 

© Rafael Casas Ferreras
Publicado en el blog La Rambla Cofradiera - La Rambla, Julio de 2014 



domingo, 3 de mayo de 2015

Genealogía rambleña (I)


Breve Historia de los archivos parroquiales 


La Iglesia, según el Código del Concilio Vaticano II, se concibe como una institución viva de producción documental, emanada fundamentalmente de la administración solemne de los sacramentos del bautismo y el matrimonio así como de las ceremonias de sepelio; pero también del control de cuentas, tanto suyas propias como de las cofradías dependientes, o de las relaciones con otras instituciones eclesiásticas y civiles, de las cuales recibe documentación a su vez. (1)

Desde la antigüedad, la Iglesia se ha preocupado por la conservación de su patrimonio escrito, aunque no es hasta llegada de la Edad Media, cuando la Curia pontificia se organice. No será, hasta la celebración del Concilio de Trento (1545-1563), cuando se comience a formar y organizar, salvo excepciones, el archivo diocesano de una manera sistemática.

En varios capítulos de las sesiones tridentinas VII, XXI, XXIV y XXV, se trataron diversas materias afines a la vida parroquial, como por ejemplo, la creación de Cofradías y hermandades, la fábrica de las Iglesias y el control de la administración de los sacramentos.
La última encomienda constituye el génesis de los archivos parroquiales, ya que se determina que párrocos, vicarios, curas y rectores eclesiásticos deben llevar, anotar, conservar y custodiar diligentemente cuantos libros fueren necesarios para constancia y testimonio del ejercicio de sus ministerios(2) Todas éstas directrices, fueron legisladas por el Rey Felipe II de Habsburgo, el 12 de Julio de 1564, haciéndose efectiva de inmediato, sobre todo en el registro de los sacramentos del bautismo y del matrimonio, más tarde, en 1614, en los de sepelios. (3)

A raíz del concilio Tridentino, los archivos parroquiales se consolidan, generándose una nueva documentación que se conservará en las propias iglesias y no en el archivo Catedralicio. Los primeros documentos que se conservan con los registros sacramentales y el libro de fábrica, pero el espíritu de la Contrarreforma haría incrementar los fondos con la fundación de hermandades, santuarios, hospitales...

Documentación parroquial rambleña


En la fig. 1 se aprecia la portada del primer libro de bautismos de la villa de La Rambla, fechado en el primer día del mes de Enero de 1562, siendo Obispo de Córdoba Ilmo. Sr. Don Diego de Eslava y Esquivel (1558-1562), y Rector de la Parroquia de Nuestra Señora de la Asunción, Melchor de los Reyes. Ésta primera página de registros bautismales emplea una serie de elementos iconográficos decorativos, como es el caso de la primera letra capital ornamentada, y de un curioso grabado enmarcado en el que aparecen dos dragones alados situados simétricamente a ambos lados de una Cruz, en cuya base se observa una calavera y dos huesos. Cada dragón porta un crismón, (JHV y XPI), y la inscripción latina ab sit mihi gloriari nisi in cruce domini nostri, desplegada en forma de pergamino.

Fig. 1. Portada del primer libro de bautismos de La Rambla. Fecha de 1562.
Archivo Parroquial de Nuestra Señora de la Asunción, La Rambla (Córdoba)


Para mayor facilidad de lectura, se ha transcrito el documento de la siguiente manera:   
"Libro pa gloria y alabança de nro Señor y su gloriosissima Madre María Nra Señora en el Qual estan scriptos los baptismo que se an hecho en esta yglesia de la villa de la Rambla desde el primero Dia de enero deste Año de mil y quinientos y sesenta y dos siendo Obispo de Cordova el Ylmo Señor Don Diego Dexlava y esquivel y Rector en la dicha Yglesia Melchior de los Reyes el qual mando hazer este dicho libro xsucosta:"

Primera partida bautismal rambleña


Fig. 2. Primer bautismo registrado en el libro primero de bautismos.
Archivo parroquial de Nuestra Señora de la Asunción, La Rambla (Córdoba)

El libro de registros sacramentales correspondiente al bautismo lo estrenó Melchor de los Reyes, Rector de la villa de La Rambla, el primer día de Enero de 1562. Como se puede apreciar en la fig. 2, el primer registro bautismal está escrito justo en la parte trasera de la página de la portada principal, observándose manchas de humedad y el traspaso de tinta, dificultando una correcta lectura del documento. Pese a ello, se puede ver perfectamente el nombre del primer rambleño registrado en libro de bautismos, con el nombre de alonso, hijo de alonso y marina.

Desde entonces, se ha ido registrando cada uno de los bautismos celebrados en nuestra localidad hasta nuestros días, conservándose así, un gran tesoro documental que ayuda a los investigadores a tener referencias exactas de la historia de nuestra localidad.

© Rafael Casas Ferreras
La Rambla, Mayo de 2015

Referencias bibliográficas

Archivo Parroquial de Nuestra Señora de la Asunción, La Rambla (Córdoba)

(1) El Código del Concilio Vaticano II, en el párrafo 1º del canon 515, define la parroquia como “una determinada comunidad de fieles constituida de modo estable en la iglesia particular, cuya cura pastoral, bajo la autoridad del obispo diocesano, se encomienda a un párroco, como su pastor propio”

(2) Amando REPRESA RODRÍGUEZ, “Valoración histórica de los archivos parroquiales”, en Los archivos de la Iglesia en España, León, Centro de Estudios e Investigación San Isidoro, 1978, p. 94

(3) Pedro RUBIO MERINO, “Tipología documental en los archivos parroquiales”, pp. 216-217.